Estas son algunas propuestas de playas accesibles en Benidorm.
Estas playas ofrecen facilidades para personas con movilidad reducida.
La información aquí publicada ha sido recogida de la página web del Ayuntamiento de Benidorm.
Desde el Excmo. Ayuntamiento de Benidorm, se considera punto de playa accesible el espacio que, mediante infraestructuras urbanas adecuadas como transporte público accesible, estacionamiento reservado a personas con movilidad reducida, y elementos como rampas, vestidores, zonas de sombra, etc. y los recursos humanos necesarios, permiten que las personas con discapacidad accedan tanto a las zonas de arena de playa como al agua.
Personal de apoyo
Con el fin de proporcionar un servicio de calidad, se recomienda que las personas o grupos con necesidades especiales que quieran hacer uso de las instalaciones, avisen con antelación con el fin de encontrar los puntos accesibles sin saturar o con la posibilidad de reforzarlos con más personal de apoyo.
Más información de este servicio en teléfonos 966 815 467 ó 660 106 555.
Hamacas y sombrillas
La concejalía de playas tiene un convenio con la empresa adjudicataria de hamacas y sombrillas, mediante el cual, las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65% que vayan acompañadas, podrán disfrutar del uso gratuito de hamacas y sombrillas, en cualquiera de los sectores de hamacas de las playas adaptadas. Los interesados deben dirigirse a las oficinas de R.A. Benidorm, ubicadas en la C/ Lepanto esquina con la C/ Mallorca, edificio Provima y presentar la documentación pertinente.
Más información de este servicio en el número de teléfono 965 854 548.
Normas de uso
1. Siempre que un bañista utilice la silla de baño del punto de playas accesibles, una persona de la organización le acompañará.
2. Las personas con una discapacidad mayor deberá acudir acompañada por una persona adulta, ya que la organización no debe encargarse de comprar ni de administrar bebidas o comida, de aplicar bronceadores, etc.
3. Los servicios adaptados son para uso exclusivo de las personas con discapacidad y de la organización.
4. Los familiares y acompañantes pueden compartir con el usuario la zona de sombra, siempre que no impidan que los usuarios del punto tengan el espacio necesario y no obstaculicen el trabajo del personal de apoyo.
5. Las personas con discapacidad que usando la silla anfibia para entrar y salir del agua deseen abandonar la misma y nadar de forma autónoma firmará un compromiso asumiendo su responsabilidad y eximiendo al Ayuntamiento y a la empresa adjudicataria de la gestión del servicio de las posibles consecuencias.
6. El numero de baños y la duración de los mismos dependerá de la cantidad de personas en espera y de la disponibilidad del personal que presta el servicio.
Información actualizada en julio de 2022.
Más información de accesibilidad en Guía de Turismo Accesible de Alicante
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